Las farmacias y boticas del país están prohibidas de ofrecer servicios complementarios como consultas médicas, campañas de salud o recojo de muestras para análisis clínicos porque de hacerlo, pueden afectar la calidad y el uso seguro y efectivo de los medicamentos que comercializan, informaron en la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid) del Ministerio de Salud (Minsa).
“Brindar servicios de consultas, campañas médicas, análisis clínicos, recolección de muestras para laboratorio clínico puede afectar la conservación de los medicamentos que se expenden en farmacias y boticas, y perjudicar así la salud de los usuarios”, dijo el jefe del Equipo de Atención Farmacéutica de la Digemid, Aldo Álvarez Risco.
Tampoco se debe dar atención como si fueran salones de belleza, peluquerías, spa o servicios de masoterapia, podología o cosmiatría. Explicó que estas actividades no guardan relación con la finalidad de las farmacias y boticas como establecimientos de salud.
Por esta razón, la Digemid ha aprobado el Listado de productos y servicios complementarios no autorizados en farmacias, boticas, farmacias de establecimientos de salud y botiquines, a través de la R.D. N° 006-2015-DiGEMID-DG-MINSA.
“La norma señala también que, para salvaguardar la eficacia de los medicamentos, las farmacias y boticas tampoco deben comercializar alimentos perecibles, víveres, cigarros, bebidas alcohólicas ni instalar en su interior restaurantes, juguerías, heladerías y no realizar degustaciones”, puntualizó el funcionario.
Álvarez detalló que en estos establecimientos farmacéuticos tampoco se pueden instalar locutorios, ópticas, cabinas de internet, lavanderías, juegos de entretenimiento, o vender ropa, calzado, plantas, flores, combustibles, insecticidas, materiales de construcción o ferretería, muebles, pinturas. Exhibir o vender animales también está prohibido.
“De esta manera podemos garantizar la preservación de los medicamentos, dispositivos médicos y productos sanitarios que se comercializan en las farmacias y boticas y la población tendrá la seguridad que sus medicamentos no han sido contaminados”, agregó.
Sanción
Álvarez recordó que todo establecimiento farmacéutico debe contar con la presencia de un químico farmacéutico que brinde orientación sobre el uso adecuado de sus medicamentos que han sido recetados.
Puso énfasis en que las farmacias y boticas que ofrezcan los productos y servicios no autorizados tendrán una sanción equivalente a una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es decir, S/. 3 850.
Listado de productos y servicios no autorizados
Mediante Resolución Directoral N°006-2015-DIGEMID-DG-MINSA (http://www.digemid.minsa.gob.pe/UpLoad/UpLoaded/PDF/Normatividad/2015/RD_006-2015.pdf )se aprueba el listado de productos y servicios complementarios no autorizados en farmacias, boticas, farmacias de los establecimientos de salud y botiquines.
Productos
• Alimentos perecibles, semi perecibles y víveres
• Cigarros
• Bebidas alcohólicas
Servicios
• Consultas médicas
• Análisis clínicos
• Campañas médicas
• Degustaciones
• Locutorios
• Consultorios médicos
• Salón de belleza, peluquería, spa, masoterapia, cosmiatría, podología
• Recolección de muestras para laboratorio clínico
• Ópticas
• Cabinas de internet
• Lavandería
• Restaurante, juguería, heladería u otro similar
• Venta de ropa y calzado
• Venta de plantas de jardín y florería
• Venta de combustibles
• Venta de insecticidas
• Venta de materiales de ferretería y construcción
• Venta de muebles
• Venta de pinturas
• Venta o exhibición de animales
• Juegos de entretenimiento
• Otros productos o servicio que puedan contaminar el ambiente del establecimiento farmacéutico.
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