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    domingo, 28 de septiembre de 2014

    Tomarte un 'selfie' mostrando tu voto puede traerte problemas



    El Código Penal sanciona con pena privativa de libertad no mayor de un año a quien publicite su voto. Elecciones son este 5

    La fiebre de los 'selfie' se resiste a dejar el Perú y varios países del mundo. Tomarse una fotografía y compartirla a través de las redes sociales esconde para muchos un afán de figuretismo y para otros un simple deseo de divertirse.

    No obstante, hay situaciones en las que realizar esta acción podría traer problemas si no se miden correctamente las posibles consecuencias.

    El domingo 5 de octubre se realizarán las elecciones regionales y municipales 2014 y solo en Lima hay más de 6.5 millones de electores hábiles. Muchos de ellos cuentan con un teléfono móvil por lo que podrían intentar hacerse un 'selfie' con la cartilla y mostrar su decisión.

    En opinión del especialista en temas electorales José Manuel Villalobos Campana, realizar esta acción debe evitarse pues iría contra el artículo 358 del Código Penal (CP) y el 31 de la Constitución Política del Perú.

    "No se puede mostrar por quién has sufragado porque eso viola el voto secreto. Lo que se busca es evitar que uno vote de manera condicionada, porque se le haya amenazado u ofrecido algo", indicó.

    ¿Y SI SOLO MUESTRAS TU CÉDULA?
    También se podría considerar violación a la referida norma penal el simple hecho de levantar la cédula y mostrar tu voto, o tomarle una fotografía a tu cartilla de votación y subirla a las redes sociales.

    En la elección presidencial del año 2011, el esposo de Keiko Fujimori, Mark Vito (estadounidense nacionalizado peruano) mostró - aparentemente preso de la emoción - su cédula de sufragio ya marcada.




    Villalobos Campana señala que en caso esto no se cumpla, hay dos instancias que deben actuar de inmediato. Primero el Ministerio Público y segundo el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

    "El Ministerio Público debe actuar de oficio ante el conocimiento de un delito. Inmediatamente debería abrir una investigación. Si no lo hace, es el JNE - como fiscalizador de la legalidad del proceso - el que debe hacer la denuncia a través del procurador. Se trata de una incidencia grave", agregó.

    Finalmente, el especialista puso como ejemplo el caso de Waldo Ríos Salcedo, candidato a la presidencia regional de Áncash que ha ofrecido S/.500 a cada elector si sale elegido. Lo tentativo del ofrecimiento podría motivar a que algunos de sus electores intenten retratar su adhesión al ex congresista recordado por haber recibido dinero de Vladimiro Montesinos.

    "Él ha ofrecido dinero si gana. ¿Cómo podría identificar a los que votaron por él? Quizás por una fotografía", indicó tras exhortar a los votantes a cumplir con su deber cívico sin violar las leyes vigentes.

    QUÉ DICE EL CÓDIGO PENAL
    Artículo 358:  El elector que da a publicidad el sentido de su voto en el acto electoral, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de un año o con prestación de servicio comunitario de veinte a treinta jornadas.

    "Si bien las condenas a un año no suelen ser efectivas, el ser sentenciado genera antecedentes penales", culminó Villalobos Campana.


    Fuente: http://elcomercio.pe/
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