TRÁMITE DE JUSTIFICACIÓN A LA INASISTENCIA DE LA INSTALACIÓN DE LA MESA DE SUFRAGIO Y/O DISPENSA POR OMISIÓN AL SUFRAGIO
El procedimiento de Justificación a la inasistencia de la instalación de la mesa de sufragio y/o Dispensa por omisión al sufragio, se realiza de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Justificación y/o Dispensa Electoral. La justificación y/o dispensa es otorgada únicamente por el JNE de conformidad con la Ley Orgánica de Elecciones N° 26859, y se realiza únicamente desde el día siguiente de la elección.
JUSTIFICACIÓN
Es el trámite por el cual el ciudadano elegido como miembro titular o suplente de una mesa de sufragio, justifica su inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio, eximiéndolo de la sanción administrativa.
DISPENSA
Es el trámite por el cual el ciudadano libera su omisión al sufragio por causa justificada, eximiéndolo de la sanción administrativa electoral.
¿Cuándo realizo el trámite de justificación y/o dispensa?
A partir del día siguiente de la fecha de Elección y hasta antes de la notificación de la Resolución de Ejecución Coactiva..
¿Dónde realizo el trámite de dispensa y/o justificación?
El trámite puede ser presentado en los siguientes lugares:
a) En cualquier momento:
- Ventanilla de dispensas del JNE Sede Central
Av. Nicolás de Piérola N° 1070 Cercado de Lima. Horario: de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
- Oficinas Consulares, en caso de encontrarse en el extranjero.
- Unidades Regionales de Enlace de: Arequipa, Chiclayo, Huancayo, Puno, Cajamarca, Ucayali, Amazonas, Loreto y Madre de Dios.
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