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    domingo, 3 de julio de 2016

    Se Iniciara la Implementación de un Centro Municipal de Hemodiálisis en la ciudad de Chincha.



    Segun hemos obtenido la informacion, es que en sesion de concejos se acordo con No. 046-2016-MPCH. de fecha, 30 de Junio de 2016 lo siguiente:

    EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
    Visto; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de  Junio de 2016, la carta presentada por el representante de N & S, sobre convenio marco para Centro de Hemodiálisis.

    CONSIDERANDO:
    Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son los órganos de gobierno local. Tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

    Que, de acuerdo a lo establecido por el numeral 26 del Artículo 9° de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal, aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales.

    Que, el Artículo 41° de la Ley N° 27972, dispone que los acuerdos son decisiones que toma el concejo referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.



    Que, con fecha 24 de febrero de 2016, Rgto. 4631-2016, don Enrique SayanMirenghi, representante de N & S, remite carta comunicando que en reuniones con el Gerente de ESSALUD Ica, para analizar las necesidades inmediatas en atenciones en salud pública; quien les  manifestó que las atenciones a pacientes que requieren hemodiálisis es un problema sumamente grave en toda la región y sin solución a corto plazo. 

    Actualmente no se cuenta con la capacidad ni calidad que se necesita para atender a los pacientes que sufren de esta deficiencia renal. Por lo que presenta un primer proyecto “CENTRO MUNICIPAL DE HEMODIALISIS PARA LA CIUDAD DE CHINCHA, el cual ha sido elaborado por la matriz en España, Network &Succes (NS ESPAÑA); por lo que necesitan para fines de su edificación del Centro de Hemodiálisis un área aproximada de mil metros cuadrados; la misma que tendría que otorgarse mediante convenio  ceder en uso dicho terreno por un periodo de doce años y al termino del mismo cederán a la Municipalidad la infraestructura y equipamiento.

    Que, con Dictamen de fecha 22 de Junio de 2016, la Comisión de Salud de la Municipalidad Provincial de Chincha, opina favorablemente para que autorice la firma de Convenio Marco entre la Municipalidad Provincial de Chincha y NS Chincha HD S.A.C, para la Implementación de un Centro de Hemodiálisis en la ciudad de Chincha.

    Que, por Informe No.  1377-2016-GAJ/MPCH, el Gerente de Asesoría Jurídica de la Entidad, informa que estando a la propuesta citada y teniendo en consideración el  Dictamen de la Comisión de Salud del Concejo Municipal, que ha establecido su Acta de Comisión que  ve una oportunidad importante el Proyecto del Centro de Hemodiálisis que sería de mucha utilidad para la Población Chinchana, haciendo luego referencia a lo que establece  el artículo 9° literal 26 de la Ley Orgánica de Municipalidades, recomienda se derive al Pleno del Concejo para la determinación pertinentes.

    Que, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 30 de Junio de 2016, se aprobó por unanimidad que conjuntamente con el Convenio Marco se apruebe el Convenio Específico para iniciar los trámites para la construcción y equipamiento de un Centro Municipal de Hemodiálisis en la ciudad de Chincha; toda vez que el convenio marco solo es para impulsar los trámites administrativos y el especifico es para iniciar los tramites del “CENTRO MUNICIPAL DE HEMODIALISIS PARA LA CIUDAD DE CHINCHA.

    Estando a lo expuesto, en consideración a lo aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria de Concejo de Concejo de fecha 22 de Junio de 2016 y lo aprobado en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 30 de Junio de 2016; ambas con la dispensa del trámite y aprobación del Acta y a las facultades conferidas por la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades.

    ACUERDA:

    ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar al Señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chincha, Ing. Cesar Antonio Carranza Falla, suscribir el Convenio Marco de Cooperación para el Desarrollo y Consolidación de la Actividad Sanitaria en la ciudad  de Chincha, con la Empresa NS CHINCHA HD S.A.C., el mismo que consta de diez clausulas y que adjunto forma parte del presente acuerdo; y posteriormente el Convenio Específico para Iniciar la tramitación de la Implementación de un Centro Municipal de Hemodiálisis en la ciudad de Chincha.

    ARTICULO SEGUNDO.- Encargar a la Secretaria General la publicación del presente  Acuerdo con las formalidades de Ley en el Diario de la Localidad y en la Página Web de la Institución.
    Regístrese, comuníquese y publíquese.
    Ing. César Antonio Carraza Falla
    Alcalde




    Fuente: / Publicado www.diariodeunestadista.com

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