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    miércoles, 1 de octubre de 2014

    Indecopi sancionó a transporte Soyuz S.A. por embarcar pasajeros en paraderos no autorizados.


    El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), sancionó a la empresa de transporte Soyuz S.A. por infringir el deber general que tiene el proveedor de brindar seguridad, tal como lo establece el Código de Protección y Defensa del Consumidor, al permitir el embarque de pasajeros en paraderos no autorizados.

    La Sala Especializada en Protección al Consumidor ordenó como medida correctiva que la mencionada empresa de transportes se abstuviera, en forma continua y permanente, de embarcar a los usuarios en paraderos que no se encuentren autorizados.

    Asimismo determinó multar a la empresa de transporte Soyuz S.A., con 3 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a S/. 11 400, por embarcar pasajeros en un paradero no autorizado.

    En ese sentido, la resolución precisó que la prestación del servicio de transporte terrestre de pasajeros no sólo implica trasladar a los pasajeros de un lugar a otro, sino que además presupone una condición implícita que consiste en brindar seguridad a los mismos, a fin de proteger la vida e integridad física de los consumidores.

    Cabe indicar que la Comisión de la Oficina del INDECOPI en Ica resolvió en primera instancia sancionar a la empresa de transporte Soyuz S.A., resolución que fue confirmada, en segunda instancia, por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del INDECOPI.
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